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Remito para vuestra
consideración un proyecto de acuerdo que
aprueba la "Convención contra la Tortura y
otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes", adoptada por la Asamblea General de
las Naciones Unidas durante el XXXIX período
ordinario de sesiones, en 1984. Con fecha 23 de
septiembre pasado el Gobierno de Chile
procedió a suscribir dicho texto con
reservas.
La Convención
objeto de este proyecto de acuerdo constituye un
paso importante en el proceso de
humanización del derecho internacional,
proceso acentuado a partir de la creación de
la Organización de las Naciones Unidas en
1945. Al mismo tiempo dicha Convención
está llamada a constituirse en un medio
apropiado para hacer más efectiva la
protección de derechos garantizados en
diversos instrumentos internacionales de
carácter multilateral.
Desde el punto de vista de
la posición internacional de Chile, la
voluntad de hacerse Parte de la Convención,
refleja su decisión real de reconocer en la
práctica los derechos humanos fundamentales.
Con ello, será posible desvirtuar las
acusaciones de que sistemáticamente es
objeto nuestro país en los foros
internacionales con competencia en materia de
derechos humanos.
Al momento de la
suscripción de la Convención se
estimó procedente hacer presente reservas a
ciertas disposiciones convencionales. En primer
lugar con el objeto de no reconocer competencia al
Comité contra la Tortura.
Igualmente el Gobierno de
Chile, por la segunda reserva señaló
que, no se considera obligado al procedimiento de
solución de controversias que eventualmente
puedan surgir entre dos o más Estados Partes
en relación con la interpretación o
aplicación de la
Convención.
Sin perjuicio de lo
anterior, y en el mismo momento en que se
formularon las reservas señaladas, el
Gobierno de Chile declaró que se reservaba
el derecho de plantear al momento de ratificar la
Convención, otras declaraciones o reservas
si así lo estimaba necesario en
función de su derecho
interno.
En mérito de las
razones y consideraciones expuestas solicito
vuestra aprobación para el
siguiente:
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